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Es indispensable tener conocimiento que el derecho a la salud , es uno de los derechos fundamentales , que reviste carácter constitucional. Todos los ciudadanos tenemos derecho a su cuidado y protección.
Debe saber que las mismas son agentes y prestadoras del servicio de salud. Deben cubrir todas las prestaciones del llamado Programa Médico Obligatorio y los medicamentos que cubran.
¿Qué es?
Es aquel que debe cubrir las prestaciones básicas obligatoria para todas las obras sociales.
¿Quiénes cuentan con obra social?
- En primer lugar los trabajadores en relación de dependencia.
- Su grupo familiar
- Los jubilados y Pensionados
- Los beneficiarios de pensiones no contributivas
¿Quiénes son los beneficiarios?
- Cónyuge o Concubina
- Los hijos solteros hasta 21 años, salvo que estudien y estén a cargo del afiliado, en ese caso hasta 25 años
- Los hijos con discapacidad
- Los hijos menores en guarda o tutela
¿Quién lo paga?
- El pago del aporte lo realiza el empleador
¿Qué debo hacer?
- Deberá efectuar denuncia ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
- Deberá avocar nombre, apellido DNI, Domicilio y detallar los datos a través de la pagina WEB de la Superintendencia de Seguros de Salud.
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