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Es indispensable tener conocimiento que el derecho a la salud , es uno de los derechos fundamentales , que reviste carácter constitucional. Todos los ciudadanos tenemos derecho a su cuidado y protección.

Debe saber que las mismas son agentes y prestadoras del servicio de salud. Deben cubrir todas las prestaciones del llamado Programa Médico Obligatorio y los medicamentos que cubran.

¿Qué es?

Es aquel que debe cubrir las prestaciones básicas obligatoria para todas las obras sociales.

¿Quiénes cuentan con obra social?

  • En primer lugar los trabajadores en relación de dependencia.
  • Su grupo familiar
  • Los jubilados y Pensionados
  • Los beneficiarios de pensiones no contributivas

¿Quiénes son los beneficiarios?

  • Cónyuge o Concubina
  • Los hijos solteros hasta 21 años, salvo que estudien y estén a cargo del afiliado, en ese caso hasta 25 años
  • Los hijos con discapacidad
  • Los hijos menores en guarda o tutela

¿Quién lo paga?

  • El pago del aporte lo realiza el empleador 

¿Qué debo hacer?

  • Deberá efectuar denuncia ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
  • Deberá avocar nombre, apellido DNI, Domicilio y detallar los datos a través de la pagina WEB de la Superintendencia de Seguros de Salud.

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