La Corte Suprema de Justicia ha confirmado un fallo de segunda instancia que establece que los jubilados no se hallan obligados a abonar el Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes. La decisión del máximo tribunal abarca a todos los reclamos similares al caso mencionado.

La sentencia fue dada a conocer este jueves en el caso de “Calderón, Carlos Héctor c/ANSeS s/reajustes varios”, los cuatro Ministros de la Corte Suprema, dejaron en firme la exención del impuesto sobre los ingresos jubilatorios, argumentando que la retención pretendida por la ANSeS se basaba en una norma declarada inconstitucional por no tener en cuenta factores de vulnerabilidad como la avanzada edad de algunos jubilados.

Anteriormente, la Corte Suprema había determinado en el fallo García que los jubilados no debían pagar Ganancias por sus haberes debido a que se consideran una población vulnerable. Sin embargo, no se había especificado en ese fallo qué criterios se utilizaron para llegar a esa conclusión. Ante esta situación, la interpretación fue limitada para algunos. Por su parte, la Sala II de Seguridad Social consideró que todos los jubilados son vulnerables y, por lo tanto, no deben pagar impuestos sobre sus haberes.

En resumen, la Corte Suprema ha ratificado que los jubilados no deben pagar Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes y ha cerrado el concepto que se había introducido en el fallo García, estableciendo que no se requiere demostrar la vulnerabilidad de los jubilados para aplicar la exención del impuesto.

Cabe aclarar que el fallo no es de aplicación general y los jubilados deberán efectuar el reclamo particular.

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